Períodos de carencia: por qué el plan no cubre desde el primer día

Casi todos los planes exequiales tienen un período de carencia, que es el tiempo entre la firma y el momento en que la cobertura empieza a servir. Suele ir de uno a seis meses según la empresa y la edad del afiliado, y en muerte accidental muchas veces no aplica. Ese plazo debe estar por escrito en el contrato.

Actualizado el 3 de septiembre de 2026 · se revisa periódicamente

Lo que sigue no vende ningún plan: es lo que dice la norma y lo que dicen los registros públicos.

Para qué existe la carencia

La carencia existe para que el producto sea sostenible: sin ella, cualquiera podría afiliar a un familiar en estado terminal y cobrar el servicio a la semana siguiente. Con un producto que se financia con las cuotas de todos, eso lo rompe.

Eso no la vuelve automáticamente justa en cualquier forma. Una carencia de seis meses para una persona de 80 años es muy distinta de una de treinta días para alguien de 40, y esa diferencia debería estar explicada en la venta, no escondida en una cláusula.

Conviene preguntar tres cosas: cuántos días son, si se cuentan desde la firma o desde el primer pago, y si la muerte accidental está exceptuada.

Carencia y preexistencias no son lo mismo

La carencia es un plazo que corre para todos. La preexistencia es una condición de salud que ya existía al afiliarse y que puede excluirse o encarecer el plan.

Mezclar los dos conceptos en la venta es común y confunde: te pueden decir «no hay preexistencias» y aun así tener seis meses de carencia, o al revés.

Las dos cosas van por escrito. Si el vendedor las explica de palabra y el contrato dice otra cosa, lo que vale es el contrato.

Preguntas frecuentes

¿Un plan exequial se puede heredar o traspasar?

Depende del contrato. Algunos permiten cambiar el titular o incluir nuevos beneficiarios y otros no. Es una de las cláusulas que conviene leer antes de firmar, porque un plan familiar contratado hace veinte años puede haber quedado desactualizado.

¿Cuánto cuesta el destino final en Bogotá?

En los cementerios del Distrito, la Resolución 136 del 3 de marzo de 2026 de la UAESP fija la cremación de un adulto en $759.910 y la inhumación en bóveda del Distrito en $956.838. En cementerios privados el precio lo fija cada empresa.

¿Quién vigila a las empresas de planes exequiales?

La Superintendencia de Industria y Comercio, porque un plan de previsión exequial es un contrato de consumo. Los seguros exequiales, en cambio, los vigila la Superintendencia Financiera.

Fuentes oficiales